Publicación de la Orden de 5 de mayo de 2022 por la que se modifica la Orden de 31 de diciembre de 2021
Publicada la Orden de 5 de mayo de 2022 por la que se modifica la Orden de 31 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a entidades locales de Galicia titulares de bibliotecas y/o agencias de lectura públicas, integradas en la Red de bibliotecas públicas de Galicia, para la adquisición de novedades editoriales (programa A) y para la mejora de las colecciones en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (programa B), ambas en formato físico, y se convocan para el año 2022 para adaptarla al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento CT235A).
Esta modificación incluye una serie de cambios que son, en resumen, los siguientes:
1. Incremento de los fondos del programa B de 350.000 € a 550.000 €
2. Dichos fondos pasan a ser financiados mediante el mecanismo de recuperación y resiliencia (MRR) lo que obliga al cumplimiento de nuevos requisitos.
3. Observancia de una serie de normas y marcos de planificación a nivel europeo, estatal y autonómico. Estas normas aparecen relcogidas en la modificación de la orden publicada en el DOG el 19 de mayo de 2022.
4. La relación certificada de los libros adquiridos deberá ser firmada por la persona responsable de la secretaría o intervención de la entidad local a partir del informe firmado por la persona responsable de la biblioteca. (Antes de la modificación también era válido que ese certificado lo firmara la persona responsable de la biblioteca).
5. Por último se imponen una serie de obligaciones específicas para todos los solicitantes, recogidas en el artículo 23, entre las que destaca:
- La presentación de los siguientes anexos antes de 20 de junio de 2022:
Anexo VI, de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas.
Anexo VII, de compromiso del cumplimiento en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Anexo VIII, de compromiso de no desarrollar actuaciones contrarias al etiquetado verde y digital y de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
- La conservación de los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante 3 años a partir del pago del saldo o, a falta de pago, de la operación.
- Respetar el Plan general de evaluación de riesgos de gestión y medidas antifraude y demás recomendaciones que apruebe esta Comunidad Autónoma en desarrollo de la normativa europea.
- Cumplir el compromiso de etiquetado verde y digital: impulso a la nueva economía verde y azul.
- Antes de 1 de junio de 2023, los beneficiarios deberán identificar y catalogar los fondos adquiridos de la siguiente manera:
a. Los ayuntamientos integrados en el Sistema Único de Gestión Bibliotecaria (Koha) deberán identificar los libros adquiridos consignando en el subcampo nota privada ("x") del registro de ejemplar, el siguiente texto “Nota de adquisición: MRR”.
En caso de que se adquieran obras inclusivas (de lectura fácil, libros con letra grande o con pictogramas), esta información se consignará en el campo nota general (500) del registro bibliográfico indicando “Lectura fácil”, "Con letra grande" o "Con pictogramas", según corresponda.
b. Las bibliotecas que se gestionen con otro sistema diferente al establecido en la letra a) deberán anexar un fichero en el que conste la relación individualizada de libros adquiridos con la siguiente información por cada título: ISBN, título, autor, número de ejemplares, idioma, y si es inclusivo (de lectura fácil/letra grande o pictogramas), así como la fecha y soporte en el que están catalogados.
- Se deberá cumplir con los requisitos que figuren en el Manual de imagen del programa que estará disponible en la web del Ministerio de Cultura e Deporte (https://www.culturaydeporte.gob.es), en toda referencia en cualquier medio de difusión a la actuación objeto de las ayudas, haciendo mención al origen de la financiación mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
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